De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del derecho que le asiste a los ciudadanos NEYDA DEL SOCORRO SUAREZ DE CACERES: Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. 5.345.793 y sus hijos ALEJANDRO JOSE CACERES SUAREZ Y JORGE LUIS CACERES SUAREZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 15.862.342 y 17.886.868 domiciliados en Coloncito Municipio Panamericano Estado Táchira. en su carácter ESPOSA e HIJOS como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante JORGE ELIAS CACERES BERBESI, dejando a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas