Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Actuando en este Acto con funciones de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de La Ley, Declara:
PRIMERO: Se declara Parcialmente Con Lugar la Solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana MARBELLA DEL CARMEN SÁNCHEZ TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.678.504, domiciliada en Colinas de San José, calle 2, casa N° 0-117, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, actuando a favor de su hijo: ...., en contra del ciudadano: YESSEES JESÚS ROJAS BÁIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 18.716.098, con domicilio en el Barrio La Esperanza N° 9-156, carrera 10, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira. Y en consecuencia, .....