PRIMERO: Se declara Con Lugar la Demanda que por Cobro de Bolívares Vía Intimación incoada la ciudadana HILVIANY JOSEFINA GRANADILLO BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.903.386, de este domicilio y civilmente hábil, debidamente asistida por el abogado en ejercicio: FRANKLIN ASDRÚBAL ROA BECERRA, Inpreabogado N 111.017, en contra de
la ciudadana: THAIS CONCEPCION SEGOVIA DE TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.728.005, domiciliada en San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira.-
SEGUNDO: Se ordena a la ciudadana, THAIS CONCEPCION SEGOVIA DE TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.728.005, domiciliada en San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a cancelar a la parte actora, ciudadana: HILVIANY JOSEFINA GRANADILLO BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.903.386. de este domicilio y civilmente hábil,.....