Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Actuando con funciones de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de La Ley, Resuelve:
Primero: Se declara Parcialmente Con Lugar el Aumento de Pensión de alimentos, incoado por la ciudadana Omaira Josefina Chacón de Brito, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.756.458, domiciliada en San Juan de Colón., Municipio Ayacucho del Estado Táchira, actuando en este acto con el carácter de madre de los Niños Josnier Osmar y Yonaiker Jossued Brito Chacón, a través de su Apoderada Judicial Maria Alejandra Chourio Sánchez, titular de la cédula de Identidad N° V-12.228.585, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 77.572, domiciliado procesal Edificio “Torre Unión” ubicado en la 7° Avenida con calle 5 Esquina piso 10 O.....