PRIMERO: Se fija por concepto de Obligación de Manutención la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES, ( Bs. 600,oo) mensuales y para los meses de Septiembre y diciembre por gastos de temporadas escolares y decembrinas se acuerda que los gastos serán compartidos en un 50% por cada uno
SEGUNDO: Dichos montos deberán ser depositados los cinco primeros días de cada mes en la Cuenta de Ahorros que para tal efecto se aperturara en el Banco Bicentenario de esta Ciudad de La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, a nombre de la solicitante.