Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José Maria Vargas y Francisco de Miranda, de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve:
PRIMERO: Se declara VALIDA en los términos expuestos y sólo en cuanto a la cantidad ofrecida, LA OFERTA REAL Y DEPOSITO efectuada por La Unión de Productores de Leche de los Valles Altos del Estado Táchira, denominada UPRELEVALTA, protocolizada ante la Oficina de Registro Público del Municipio Jáuregui, Estado Táchira, el 16 de Abril de 1997 bajo el N° 43, en la condición de patrono a favor del ciudadano: EPIFANIO DE JESUS GUERRERO VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-4.095.576, domiciliado en San José de Bolivar, Municipio Francisco de Miranda del Estado Táchira y hábil, en su condición de trabajador; en consecuencia póngase a.....