En consecuencia por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juez de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de a Ley: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, el Aumento de La Obligación de Manutención, formulada por la ciudadana: SANDRA JOSEFINA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.743.453, domiciliada en el sector Aguadias, vía Osorio, Barrio Bolivariano, vereda primera, casa Nº 149, La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira y hábil, en beneficio e interés de su hija la niña (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), en contra del Ciudadano RAMON BALTAZAR GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.093.287, domiciliado en la Carrera 9, Esquina José Rokolita Guerrero, .....