Por las consideraciones anteriores, este Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José Maria Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE ACCION DE AMPARO CONSTITUCINAL, incoada por la Abogado en Ejercicio: MARYORIE PICOTT RANGEL, en su propio nombre y en representación de los ciudadanos: RAFAEL JOSE HADDAD CRASTO, NELL MARIN MORENO, FRANKLIN ALEXANDER VERA VARGAS, OSCAR ENRIQUE RAMIREZ GARCIA, EUDES PRADELIO MORA MORA, CARLOS ALFONSO MORENO ARELLANO, CARLOS RAMON MORENO RAMIREZ, CARLOS EDUARDO GANDICA CONTRERAS Y GLOBIS ANTONIO MORALES ZAMBRANO, contra el acuerdo de la Ilustre Cámara Municipal del Municipio Jáuregui, Estado Táchira, sancionado en Sesión Ordinaria de fecha: 12 de Abril del 2005, a través del cual se aprueba la designación del nombre del ciudadano: JOSE SILVERIO RAMI.....