PRIMERO: Declara CON LUGAR la rectificación del Acta de Matrimonio N° 100 de fecha 23 de Septiembre del año 1944, perteneciente a los ciudadanos: ANTONIO MÉNDEZ e YSOLINA LABRADOR, asentada por ante la Prefectura del Municipio La Grita, hoy Registro Civil del Municipio Jáuregui.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena la rectificación del Acta de Matrimonio en cuestión, sólo en lo que respecta al nombre de la representada como "EVANGELINA" y NO "ÁNGELICA"
TERCERO: Ofíciese al Registrador Principal del Estado Táchira y al Registrador Civil del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, a los fines de que se sirvan estampar la correspondiente nota marginal en el Acta de Matrimonio supra identificada.
CUARTO: Expídase por secretaría las copias certificadas de la solicitud y de la decisión.