En consecuencia, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarles a los ciudadanos MARTIN PRATO, ELDA MARIA PRATO DE FARIA, JOSE ANTONIO MARTINEZ PRATO, LUIS FRANCISCO MARTINEZ PRATO, BETTY MARTINEZ DE BUCOBO, JOSE GREGORIO PRATO y DABNEY JAFETH PARRA MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No.V-1.588.477, V-1.576.903, V-2.810.914, V-1.582.866, V-1.586.890, V-5.326.963 y V-13.917.265, EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus IGNA MARIA PRATO DE MARTINEZ, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-1.582.295, viuda, con último domicilio en la calle 6 No.12-40, de la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del estado Táchira; quien fuera madre de los primeros y abuela del último d.....