De conformidad con lo establecido en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución Nacional, así como por los demás fundamentos de hecho, de derecho y Jurisprudenciales ya expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Sin Lugar la Demanda que por Desalojo fue incoada ante este Tribunal, por el ciudadano REINALDO RAMIREZ PATIÑO, en su condición de Arrendador, asistido por la abogada Gloria Aurora Duarte de Castiblanco, en contra del ciudadano CARLOS MARIO CARDONA MURCIA, en su condición de Arrendatario, de un (01) apartamento situado en la segunda planta del inmueble ubicado en la calle 5 No.14-53, barrio Miranda de la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del estado Táchira, destinado para vivienda familiar; asistido en Juicio, por la abogada Lucy Esperanza Rojas Obando. Ambas partes suficientemente identificadas e.....