Por todos los fundamentos de hecho, de derecho y Jurisprudenciales antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conforme a lo establecido en los artículos 26 y 49 de nuestra Carta Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: La Confesión Ficta del ciudadano JUNIS ANTONIO JAIMES DURAN, venezolano, titular de la cédula de identidad No.V-13.366.009, domiciliado laboralmente en el Destacamento 904 de Vigilancia Costera de la Guardia Nacional Bolivariana, en el Municipio Los Taques del estado Falcón.
SEGUNDO: Con Lugar la pretensión de Fijación de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana LILIANA PATRICIA MONSALVE GALVIS, en nombre, representación y beneficio de su hija, la niña (se omite el nombre por disposición de Ley) en contra del ciudadano JUNIS ANTONIO JAIMES DURAN, todos suficientemente identificados en la presente decisió.....