Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, sobre la base de los Artículos 26, 49 y 257 de nuestra Carta Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Demanda que por Cobro de Bolívares -Vía Procedimiento de Intimación- fue incoada por los ciudadanos ANTOINE SAHAR BARICH y KARABET SAHAR, asistidos y luego representados en Juicio por los abogados Carmen Marlene González Ramírez y Jorge Eleazar Benavides Nieto, en contra del ciudadano JESUS DAVID MARTINEZ MALDONADO, representado por el Defensor Ad Litem, profesional del derecho Henry José Parra Sánchez, todos suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: Se ordena a la identificada Parte Demandada, ciudadano JESUS DAVID MARTINEZ MALDONADO, pagar a la identificada Parte Actora Demandante, ciudadanos ANTOINE SAHAR .....