Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar, la solicitud de Aumento de la Obligación de Manutención presentada por la ciudadana INGRILIDAD HEREDIA, en nombre y beneficio de sus hijos adolescentes (se omite el nombre por disposición de Ley) en contra del ciudadano EDGAR SANCHEZ RINCON, todos suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: Se ajusta la Obligación de Manutención que el ciudadano EDGAR SANCHEZ RINCON, debe aportar en beneficio de sus hijos adolescentes (se omite el nombre por disposición de Ley) en la cantidad de Cuatrocientos Bolívares (Bs.400,oo) mensuales y en los meses de septiembre y diciembre de cada año, una Cuota Extraordinaria por la cantidad de Cuatrocientos Bolívares (Bs.400,oo) para gastos de estud.....