PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano IVAN ANTONIO MORA GUERRERO, a través de sus apoderados judiciales MAYRA ALEJANDRA CONTRERAS PAEZ y EDUARDO VELASCO LABRADOR, contra los ciudadanos ARGIMIRO QUINTERO y PEDRO MARIA BARAJAS VELANDIA representados por los Abogados CARLOS FUENTES ROJAS, CARLOS PERNIA DUQUE, VICTOR MALDONADO CASTELLANOS y JESUS USECHE; por el cumplimiento de contrato de entrega del inmueble que los últimos ocupan como arrendatarios, consistente en un galpón tipo estacionamiento, con un (1) baño y oficina, con todos sus servicios y demás dependencias, ubicado en la calle 17, esquina de la Avenida Carabobo, No. 16-69, sector Barrio Obrero, Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira.
SEGUNDO: SE CONDENA a los codemandados ARGIMIRO QUINTERO y PEDRO MARIA BARAJAS VELANDIA, HACER ENTREGA a su propietario IVAN ANTONIO MORA GUERRERO del inmueble anteriormente descrito, y en el mismo buen estado en que lo recibie.....