PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la demanda que por cobro de bolívares por el procedimiento de intimación, incoara el ciudadano FELIPE MONTILLA ALBARRAN inicialmente asistido y luego representado por el Abogado JAVIER COLMENARES CALDERON, contra el ciudadano GUSTAVO DELGADO OSORIO representado por los Abogados BORIS LEONARDO OMAÑA RODRIGUEZ y LUIS HERNANDEZ CANDIALES.
SEGUNDO: SE DECLARA SIN LUGAR la defensa de caducidad propuesta por la parte demandada, ciudadano GUSTAVO DELGADO OSORIO.
TERCERO: Se condena a la parte demandada, ciudadano GUSTAVO DELGADO OSORIO, pagar a la parte demandante la cantidad de TRES MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 3.000.000,00) por concepto del monto del cheque demandado.
CUARTO: SE DECLARA CON LUGAR la indexación. A tal efecto, SE ORDENA el cálculo del ajuste monetario que deberá hacerse sobre la cantidad de TRES MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 3.000.000,00); desde la admisión de la demanda ocurrida el 12/08/2004, hasta la ejecución definitiva de la presente sentencia.....