PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la demanda por DESALOJO, interpuesta por la ciudadana ROSALBINA LAGOS DE SOSA representada por los Abogados JOSÉ GREGORIO BLANCO VERA y JOSÉ ALEJANDRO RIVAS CABRERA, contra la ciudadana IRIANA AMELIA HERNÁNDEZ SOSA.
En consecuencia, SE CONDENA a la parte demandada HACER ENTREGA a la parte demandante, del inmueble que ocupa en calidad de inquilina, ubicado en la calle B-1 de San Josecito, sector D, Urbanización Pedro Humberto Duque, Parroquia Torbes, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; en el buen estado en que lo recibió.
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada IRIANA AMELIA HERNÁNDEZ SOSA, pagarle a la accionante ROSALBINA LAGOS DE SOSA, la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 550,00) por concepto de cánones arrendaticios no pagados de los meses de: Mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2007, enero, febrero, marzo y lo que iba del mes de abril de 2008, a razón de CINCUENTA BOLÍVARES FUERTE.....