PRIMERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de desalojo intentada por la ciudadana CONSUELO BUSTAMANTE DE SANABRIA representada por los Abogados ARIEL GUILLERMO BECERRA CORDERO y ALBA TERESA PEÑUELA CASTRO, contra el ciudadano GERMAN AUGUSTO RODRÍGUEZ COLMENARES.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se condena a la parte demandada a DESALOJAR el inmueble constituido por un galpón, con sanitario y lavadero, ubicado en el Pasaje Acueducto entre calles 15 y 16, identificado con el Nº 15-67 "A", Parroquia Pedro María Morantes, San Cristóbal, Estado Táchira; y en el mismo buen estado de uso y condiciones en que se le entregó.
TERCERO: Se condena a la parte demandada pagar a la parte actora, como compensación por la ocupación del inmueble señalado up supra, la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00) por concepto de los alquileres insolutos correspondientes a los meses del 16 de marzo de 2.007 al 15 de abril de 2007 y del 16 de abril de 2.007 al 1.....