por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana DORIS ESPERANZA ESCALANTE MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.661.203, en su carácter de ARRENDADORA, contra el ciudadano LUIS APOLINAR CONTRERAS NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.673.819 y de este domicilio, en su carácter de ARRENDATARIO. En consecuencia:
PRIMERO: Se le ordena a la parte demandada a ser entrega a la demandante del inmueble arrendado consistente en una casa para habitación con todas sus dependencias ubicado en la carrera 3 Nº 3-18, de Barrio Sucre, Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs.1.980.000,oo), que comprende los cánones de arrendamiento correspondiente a los meses de junio, julio y diciembre de 2004 así como marzo, abril, junio, ju.....