por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ORLANDO CHAVARRO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-15.157.052, a través de sus apoderadas judiciales abogadas JANETTE ESPERANZA OMAÑA CONTRERAS y SUSANA DE JESÚS CARVAJAL CAMPEROS, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 13.987 y 21.385, respectivamente, contra el ciudadano JAIME HUMBERTO LOZANO GARCÍA, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía N° 7.163.532. En efecto:
PRIMERO: Se le ordena al ciudadano JAIME HUMBERTO LOZANO GARCÍA, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº 7.163.532 a entregar al ciudadano ORLANDO CHAVARRO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-15.157.052, el galpón comercial, así como el apartamento anexo al mismo, ubicados en la Urbanización Pedro Nolasco Rojas, lote Nº 52, Parroquia El Palotal, Municipio Bolívar del Estado Táchira, debidamente desocupados de bienes y p.....