por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por COBRO DE BOLÍVARES, PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, ha instaurado la abogada BELKIS ROJAS MALDONADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.715.511 e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 61.074 y de este domicilio, en su carácter de endosataria en procuración del ciudadano EDGAR PEÑARANDA, contra las ciudadanas MAGALI MARICELA BORRERO DE PABÓN, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 10.149.283, en su carácter de DEUDORA PRINCIPAL y OFELIA GARCÍA DE BORRERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 5.675.931, en su carácter de AVAL. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.