por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; asimismo, se acuerda expedir copia fotostática certificada de los folios 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53 del cuaderno principal del expediente signado bajo el 4295-2005, así como de su carátula, la diligencia que las solicita y del presente auto. Para la elaboración del trabajo fotostático se autoriza al ciudadano MARIO MEDINA RAMÍREZ, Alguacil de este Juzgado. Y por cuanto no hay más actuaciones que realizar en la presente causa, se ordena el archivo del expediente.