DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana ALEXANDRA BOHORQUEZ de CAPRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.793.628 contra el ciudadano GIOVANNI CAPRA GOITES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.850.159 y de este domicilio. En consecuencia se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar a la demandante el inmueble objeto del presente litigio consistente en la segunda planta de una casa ubicada en la vereda 8, N° 9-33, del Barrio 23 de Enero, Parte Alta, Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, libre de personas y bienes y solvente en el pago de los servicios públicos.
SEGUNDO: Pagar a la demandante la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs.600,oo) por concepto de cánones de arrendamiento adeudados, a razón de DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs.200,oo) cada mes.