En base a lo anteriormente expuesto, este Juzgado en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES EN DIVORCIO de los ciudadanos PABLO EMILIO SARMIENTO GONZALEZ y JULIANA KARIN CONTRERAS RAMIREZ, ya identificados. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial celebrado entre ellos el día 23 mayo del año 2009 por ante el Registro Civil del Municipio Jáuregui, Estado Táchira, según acta de matrimonio Nº 01.