y por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por COBRO DE BOLÍVARES PROVENIENTES POR DAÑOS Y PERJUICIOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, ha instaurado la ciudadana NIEVES MONCADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.888.215, de este domicilio, en contra de la sociedad mercantil EXPRESOS MERIDA C.A., representada por su Presidente JOSÉ HOMERO ANGULO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.060.695. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.
A tenor de lo estipulado en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.