y por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, ha instaurado la SOCIEDAD MERCANTIL INMOBILIARIA SAN PEDRO S.R.L., de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 20/08/1982, bajo el N° 29, tomo 13-A, representada por su presidente, ciudadano LUIS ORLANDO RAMIREZ CARRERO, venezolano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad N° V-1.557.291, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 6.107 y de este domicilio, contra el ciudadano EDGAR ENRIQUE CASTILLO ROBLES, venezolano, mayor de edad, casado, médico, titular de la cédula de identidad N° V-12.234.687 y de este domicilio. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.