Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanos LEONARDO ENRIQUE SERRANO BACLINI, ANTONIO STEKLIK BORKO Y MARIA DEL CARMEN CABALLERO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.020.246, 2.959.640 y 1.547.727, en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos, por ante el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Y visto el escrito presentado por los Ciudadanos SILVANO DIAMANTI BELLI y ANNA BELLI DE DIAMANTI, venezolano e italiana, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.170.644 y E-855.113, asistidos por la abogada BEATRIZ XIOMARA SANCHEZ ZAMBRANO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 35.504. en el cual exponen que el día 13 de agosto de 2008, falleció quien fuera progenitor y cónyuge de los nombrados ciudadano LEONARDO DIAMANTI CRETARO, quien era titular.....