por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por PARTICIÓN, ha instaurado los ciudadanos ESPERANZA VIVAS ROSALES, JESÚS ANTONIO VIVAS MARQUEZ y AURA VIVAS ROSALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 4.113.712, 8.101.048 y 5.429.790 respectivamente, en contra de los ciudadanos ERNESTINA ROSALES viuda de VIVAS ó ERNESTINA MARQUEZ viuda de VIVAS, ESPERANZA VIVAS ROSALES, AURA VIVAS ROSALES, NELIDA MARÍA, BAUDILIO, JESÚS ANTONIO, LUZ MARINA, CONSUELO y YOLANDA COROMOTO VIVAS MARQUEZ.. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.