En razón de lo expuesto por las partes interesadas el proceso y cumplidos como han sido los extremos de Ley, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO por RUPTURA PROLONGADA de los ciudadanos MELVYN ALEXANDER GOMEZ URDANETA y MARIA ALEJANDRA CAMERO GOMEZ, antes identificados. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos el día ocho (08) de diciembre de 2.004, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, según Acta de Matrimonio N° 009.
Liquídese la sociedad conyugal conforme lo estipulado por ellos mismos, si hubiera lugar a ello.
De conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil, se ordena que la presente sentencia sea insertada íntegramente en los Libros del Registro Civil correspondiente y en el Registro Civil Principal del Estado Táchira, a donde se acuerda remitir copia cert.....