por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por COBRO DE BOLÍVARES TRAMITADO POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, ha instaurado el ciudadano JOSÉ UBALDO PEÑA NIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.424.146, en contra INVERSIONES MUNDIAL C.A., inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 15 de Junio de 1.988 bajo el N° 12, tomo 28-A en la persona de su representante legal ciudadana GLADYS DE CÁRDENAS, titular de la cédula de identidad N° V- 3.072.562 y de este domicilio. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.