Visto el contenido de la diligencia de fecha 07/02/2011, suscrita por los ciudadanos SULY ESTELLA SUAREZ SANTANA y MARIA FERNANDA VELASCO SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 3.790.343 y 19.359.145 en su orden, de este domicilio, asistidos del abogado MIGUEL ANGEL PAZ RAMIREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 26.147, en la que reconocen en su contenido y firma el documento fundamental de la presente acción y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y por cuanto .....