Visto el contenido del acta anterior, contentiva del ACTO CONCILIATORIO celebrado en esta misma fecha y convocado por este Tribunal en autos, mediante el cual el ciudadano JOSÉ RODRÍGO ZAMBRANO CHACÓN, titular de la cédula de identidad N° V-5.643.045, parte demandante, asistido por la abogada MARÍA ALEJANDRA QUINTERO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 68.092, por una parte y por la otra, las ciudadanas ROSA TULIA MORENO DE PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V-6.115.527, parte demandada, asistida por la abogado GABRIEL ANDRÉS DE SANTIS RAMOS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 53.791, llegaron a un CONVENIMIENTO y por cuanto se observa que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como senten.....