por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por RESOLUCION DE CONTRATO, ha instaurado la SOCIEDAD MERCANTIL AUTOMOTRIZ LA CONCORDIA S.A., de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 10/10/1978, bajo el N° 23, tomo 12A, representada por su presidenta, ciudadana MARINA GONZALEZ DE MARCIALES, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° 93.260 y de este domicilio, contra el ciudadano NICOLA MARCANO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad 3.711.618 y de este domicilio. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.