En consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle al ciudadano JOSE ALBERTO BETANCOURT RODRIGUEZ, ya identificado, en su carácter de hijo y hermano y a los ciudadanos CARMEN YOLANDA, JOSE ARMANDO, ROLANDO ALFONSO, MARIA LUISA, JOSE ANTONIO, GRISELDA y DIMAS ALEXIS BETANCOURT RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.429.279, 3.309.508, 5.671.504, 3.998.466, 5.687.867, 5.648.966 y 9.222.444 respectivamente, en su carácter de hijos y hermanos , el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de los causantes PASTORA RODRIGUEZ VIUDA DE BETANCOURT y CARLOS OSCAR BETANCOURT RODRIGUEZ.