En razón de lo expuesto por las partes interesadas el proceso y cumplidos como han sido los extremos de Ley, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO por RUPTURA PROLONGADA de los ciudadanos ANEMARI MULLER DE DREHER y WALTER ALBERTO DREHER GROSCH, antes identificados. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos el día dos (02) de febrero de 1981, por ante la Primera Autoridad Civil de la ciudad de Singen (Hohentwiel), Estado Federado de Baden-Wurtenberg, República Federal de Alemania, según Acta de Matrimonio N° 89, inserta por ante el Registro Civil del Municipio San Cristóbal, en fecha 18 de mayo de 2009, según acta de inserción No. 73
Liquídese la sociedad conyugal conforme lo estipulado por ellos mismos, si hubiera lugar a ello.
De conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil, se ordena que la presente se.....