En consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a los ciudadanos ANA DORIS CASTILLO NUÑEZ, GUDILIA MARITZA CASTILLO NUÑEZ, BENJAMÍN NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-13.549.366 V-14.042.817 y V-22.644.734, respectivamente y TERESA JAIMES NUÑEZ, colombiana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° E-81.910.854, el carácter de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana ANA FRANCISCA NUÑEZ, ya identificado.