Recibido por distribución, escrito constante de CINCO (05) folios útiles y recaudos en CATORCE (14) folios útiles, presentados el día de hoy, por los ciudadanos: CARLOS ALFONSO CONTRERAS DAZA y ELIDE ADRIANA ZAMBRANO LABRADOR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-12.253.556 y N° V-13.973.567, respectivamente, de este domicilio, asistidos por el abogado GUIDO JOSE GONZALEZ GUERRERO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 97.421. Fórmese, expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. ADMÍTASE cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES. Este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos: CARLOS ALFONSO CONTRERAS DAZA y ELIDE ADRIANA ZAMBRANO LABRADOR, ya identificados. En consecuencia de conformi.....