Visto el desistimiento presentado en fecha 23 de septiembre de 2.009, por el ciudadano FREDDY SILVA PADILLA, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 13.708.124, asistido por la abogada en ejercicio JOHANNA ARIAS JIMENEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 111.008, en su carácter de DEMANDANTE, contra el ciudadano OSCAR IBARRA GUERRA, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N°. 12.970.541, parte DEMANDADA. Este Juzgado después de revisado el referido desistimiento, procede a impartirle la HOMOLOGACIÓN DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En tal virtud, conforme a lo solicitado por la parte demandante, se da por terminado el presente juicio. Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal. Asimismo se acuerda la entrega de los cheques objeto de la presente demanda, los cuales se encuentran resguardados en la caja de seguridad de este Juzgado.