En fuerza de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE LA PRESENTE OFERTA REAL DE PAGO Y DEPÓSITO, interpuesta por la ciudadana ELIZABETH GONZALEZ AVILA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 14.785.570, asistida por la abogada en ejercicio NILDA SEGOVIA ROSAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-9.144.768, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 26.187, contra el ciudadano RICHARD RAIMUNDO MORENO VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-15.233.306.
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
Por cuanto la parte actora se encuentra a derecho no se requiere su notificación.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE......