Visto el desistimiento a la demanda, presentado en fecha 15 de diciembre del año en curso, por la ciudadana CONSUELO VARGAS DE GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.397.745, en su condición de Gerente de Administración y Finanzas de la demandante, Sociedad Mercantil "DROGUERÍA VIRCASA C.A." de este domicilio, inscrita por ante la Oficina de Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 28 de noviembre de 2001, bajo el N° 4, Tomo 15-A, y subsiguiente modificación de sus Estatutos por ante el mismo Registro Mercantil, en fecha 01 de octubre de 2009, bajo el N° 23, Tomo 19-A RM 445, asistida por la abogada en ejercicio FANY GÓMEZ GELVEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 22.956, manifestando a su vez que la demandada, Sociedad Mercantil CLINICA ANDINA HOSPITAL PRIVADO C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 10 de septiembre de.....