Por las razones expuestas este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, entre los ciudadanos a JULIO TOMAS POLEO GARCÍA y HAYDEE CONSOLACION RONDON RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de identidad No. V-5.683.572 y V-10.900.409, en su orden, contraído por ante La Prefectura del Municipio Pregonero, Distrito Uribante del Táchira, el día treinta y uno (31) de julio del año 1.987, plasmado en Acta de Matrimonio No.34 del año 1.987, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por el Registro Civil del Municipio Uribante y por el Registro Civil Principal ambos del Estado Táchira.