Recibido por distribución constante CUATRO (04) folios útiles y DIECINUEVE (19) folios útiles los recaudos, el escrito presentado por los ciudadanos KRISTAL CAROLINA SÁNCHEZ BALLARALES y ROBINSON JOSÉ GAMEZ SOLANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-13.550.483 y V-11.500.803, en su orden, de este domicilio, asistidos por el abogado YOVANY MANUEL ZAMBRANO USECHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.9.121.337, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 51.301. Fórmese, expediente, Inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. ADMÍTASE cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO, En consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos KRISTAL CAROLINA SÁ.....