Ahora bien, de todo el material probatorio aportado y valorado en la presente incidencia, se demuestra fehacientemente que la demandada, ciudadana LUZ MIRIAN PEREA DE SARMIENTO, vive en el inmueble objeto de la ejecución decretada por este Tribunal, por lo que, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con el artículo 4° del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas N° 8.190, en aras de garantizarle a la débil jurídico el derecho a la vivienda DECRETA:
ÚNICO: LA SUSPENSIÓN DEL CURSO DE LA PRESENTE CAUSA, hasta tanto las partes intervinientes en este proceso cumplan el procedimiento especial establecido en los artículos de 5°, 6°, 7°, 8° y 9 del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Vivien.....