El padre se compromete a compartir con sus hijos, los días viernes en la tarde, el sábado y domingo cada 15 días, para lo cual, se compromete a recibirlos y entregarlos en el Terminal de Pasajeros de esta ciudad, a partir del 14 de enero del presente año.
Para las celebraciones de Carnaval y Semana Santa, este año comenzará el padre a disfrutar con sus hijos en Carnaval, y la madre en Semana Santa, alternándose en los años siguientes.
Con relación a las vacaciones escolares, el padre compartirá con sus hijos 30 días continuos.
En las fiestas decembrinas, la madre disfrutará con sus hijos 24 y 25 de diciembre de este año; y el padre el 31 de diciembre y el 01 de enero, intercambiándose en los años sucesivos.
En consecuencia, por cuanto el presente convenimiento no vulnera los derechos de los niños en la presente causa, y garantizado el derecho que tienen los niños junto con el padre que no ejerce la guarda a ser visitados mutuamente, en tal virt.....