En consecuencia de lo expuesto anteriormente, esta Jueza Unipersonal Nº 05 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA, formulada por los ciudadanos: YEISY YAJAIRA CRUZ GARCIA y PEDRO ALEXANDER COLMENARES ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-14.502.714 y V-11.503.876, en su orden, asistidos por el Abogado JOSE DANIEL SANCHEZ MARIN, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 97.664. En consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído por ellos, según consta en Acta de Matrimonio Nº 65 levantada en fecha 25 de Abril de 1997, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Pedro Maria Morantes, Municipio San Cristóbal Estado Táchira.
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