En consecuencia de lo expuesto anteriormente, esta Jueza Unipersonal Nº 05 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA, formulada por los ciudadanos: ALBERTO BALAGUERA MONSALVA y YANET ROCIO PACHECO DE BALAGUERA, venezolano y colombiana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.186.886 y V-13.588.707 antes N°60.311.667, en su orden. En consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído por ellos, según consta en Acta de Matrimonio Nº 295 de fecha 05 de Mayo de 1988, por ante el Concejo Municipal, Distrito Pedro Maria Ureña del Estado Táchira.
En relación a: la Patria Potestad, la Guarda y Custodia, la Obligación Alimentaría y el Régimen de Visitas, se regirá por lo estipulado por la partes en el es.....