En consecuencia se FIJA UN RÉGIMEN DE VISITAS, para el ciudadano VÍCTOR JOSÉ NOGUERA DEVIA, antes identificada de la siguiente manera:
PRIMERO: Un sábado y un domingo de manera intercalada, es decir, un fin de semana el sábado y el siguiente fin de semana el domingo, el niño VÍCTOR ALEJANDRO NOGUERA OSORIO, pernoctará con su padre VÍCTOR JOSÉ NOGUERA DEVIA, debiendo retirar éste personalmente al niño a las 8:00 a.m. en su residencia ubicada en Palo Gordo, Calle El Medio, Los Naranjos, Casa S/N de ésta ciudad, y deberá entregarla el mismo día a las 8:00 p.m., en la misma dirección.
SEGUNDO: En las vacaciones escolares del mes de agosto pernoctará el niño los primeros quince (15) días del mes con su madre y los quince (15) días restantes el niño permanecerá con el padre.
TERCERO: En cuanto a los días festivos del mes de diciembre se establece que: el día 24 de diciembre el niño celebrará con el padre y el 31 de diciembre lo pasará con la madre.
CUARTO: En cuanto a las vacacione.....