San Cristóbal, 15 de NOVIEMBRE de 2006.
196º 147º
AUTORIZACIÓN
Vista la solicitud formulada por los ciudadanos MARIA ISABEL AMARIS ROCHA, titular de la cedula de ciudadanía N° 49.754.183, los recaudos acompañados a la presente solicitud y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 177 parágrafo Segundo, literal a) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley AUTORIZA amplia y suficientemente a los niños YUMAR ANDRÉS CASTILLO AMARIS, JOSÉ ISAÍAS AMARIS ROCHA y MARYURIS AMARIS ROCHA, representado en este acto por la ciudadana RICARDINA GUEVARA RAMÍREZ , titular de la cédula de identidad N° 23.152.846, para que adquieran los derechos sobre el inmueble, consistente de un terreno ubicado en la Aldea Z.....