En consecuencia, esta Jueza Unipersonal Nro. 04 De la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ACLARA que se AUTORIZA a la ciudadana LUISA EMILIA AGUILAR RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.090.647, para que en representación de la adolescente MADELEIN YESENIA GAMEZ AGUILAR, venezolana, de 14 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-21.766.366, PROTOCOLICE, ante el Instituto Nacional de la Vivienda, lo derechos del inmueble propiedad de la progenitora, la mencionada adolescente será copropietaria del referido inmueble con sus hermanos JONATHAN y MARGARETH GAMEZ AGUILAR; asimismo la ciudadana LUISA EMILIA AGUILAR RAMÍREZ, se reserva el derecho de usufructo de por vida; téngase el presente auto como alcance de la sentencia dictada por este Tribunal en Fecha 09-08-2005 y expídase copia a la parte interesada. Cúmplase.-