En consecuencia, esta Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA COLOCACIÓN FAMILIAR en beneficio de la adolescente (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL 65 DE LA LOPNA), de diecisiete años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 21.418.745, en el hogar de la ciudadana LIGIA MILEIVA RUIZ RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.022.035, quien se encuentra domiciliada en la vía chorro el Indio, Sector Loma de Pío frente a la Escuela Rural Loma de Pío,"Quinta Loma de Pío", Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el articulo 400 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Quedando facultada la ciudadana LIGIA MILEIVA RUIZ RANGEL, a dar fiel cumplimiento a lo establecido en él articulo 358 de la Ley Especial, el cual compren.....